El ex dirigente de ETA deberá volver a la cárcel de Martutene. Covite pidió la dimisión de la consejera socialista San José por conceder este tercer grado

El ex dirigente de ETA Juan Antonio Olarra Guridi durante uno de los juicios en la Audiencia Nacional.EFE
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El ex dirigente de ETA Juan Antonio Olarra Guridi deberá volver a la prisión de Martutene después del recurso presentado por la Fiscalía contra su tercer grado penitenciario. El Ministerio Fiscal rechaza la semilibertad que le otorgó a Olarra Guridi la consejera socialista de Justicia María Jesús San José porque aún le restan más de 6 años en completar su condena. La Fiscalía no considera que la "evolución positiva" avalada por el Gobierno vasco sea "suficiente" para facilitar que Olarra Guridi cumpla su condena en su casa.
La Fiscalía ha presentado un nuevo recurso ante una semilibertad a etarras concedida por el Gobierno de Imanol Pradales. Ahora plantea que se rectifique la concesión del tercer grado a Olarra Guridi de la consejera de Justicia María Jesús San José porque su condena finaliza en 2032. "Los hitos fundamentales de cumplimiento continúan proyectándose en un horizonte temporal todavía alejado, lo que resulta determinante a efectos de valorar la procedencia de la progresión de grado", señala en su escrito el Ministerio Fiscal.
La Fiscalía no cuestiona que Olarra Guridi haya experimentado una "evolución positiva" pero advierte de que no es el único factor a la hora de conceder un tercer grado sino que deben tenerse en cuenta "circunstancias penales y penitenciarias concurrentes" especialmente relevantes al tratarse de un condenado por terrorismo.
Olarra Guridi disfrutaba desde el verano de 2025 de salidas diarias de prisión al aplicársele el artículo 100.2. El ex dirigente de ETA acumula penas de prisión que suman 2.317 años de cárcel y que incluyen su responsabilidad en varios asesinatos terroristas.
El recurso de la Fiscalía contra la semilibertad de Olarra Guridi se suma a los autos judiciales que también impidieron la aplicación del artículo 100.2 del Código Penitenciario a la ex dirigente de la banda terrorista María Soledad Iparaguirre Anboto y del etarra Juan Ramón Carasatorre.





















