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La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha anulado la decisión del Ayuntamiento de Valencia de suspender la tramitación y otorgamiento de las licencias de cambio de uso para la implantación de viviendas turísticas en determinadas zonas de la ciudad. Esta moratoria municipal estaba en vigor desde el 28 de mayo de 2024 y estaba a punto de decaer porque el gobierno de María José Catalá ha diseñado una nueva ordenanza que pone coto no solo a los apartamentos turísticos, sino también a nuevos hoteles.
Contra esta moratoria interpuso por la vía contencioso-administrativa una empresa de apartamentos que los magistrados han estimado en parte. La razón por la que se anula la suspensión de las licencias de cambio de uso, de residencial a terciario turístico, es que el acuerdo del pleno se basó en el artículo 68.1 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP), vigente en ese momento, que no permitía adoptar esa medida.
"El precepto no incluía en el texto original, por tanto, ni la suspensión de la tramitación y otorgamiento de las licencias de cambio de uso, ni la suspensión de la eficacia de las declaraciones responsables, que se añadieron al citado artículo 68.1 en la modificación operada por el decreto-ley 7/2024 (redacción en la actualidad vigente, tras la Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de la Generalitat, de simplificación administrativa", según recoge la resolución judicial. El Gobierno de Catalá, por tanto, se remitió a un cambio en la ley que aún no había sido aprobado en las Cortes.
La Sala cita jurisprudencia del Tribunal Supremo según la cual la suspensión cautelar de la tramitación y otorgamiento de licencias acordada por el Ayuntamiento, basándose en que necesita revisar la ordenación urbanística, limita derechos individuales y "ha de interpretarse de manera restrictiva". Por tanto, el acuerdo del pleno municipal es contrario a derecho.
Los magistrados avalan, en cambio, la suspensión de la tramitación de las licencias de edificación para nuevos usos terciarios hoteleros. En este caso, según establece la sentencia, el Ayuntamiento sí justificó suficientemente con datos "la procedencia de la medida cautelar" a fin de "proteger el entorno urbano y garantizar el derecho a disfrutar de la vivienda, que constituyen, cabe reiterarlo, imperiosas razones de interés general a efectos de aquella normativa".
A juicio de la Sala, la moratoria que afecta a las licencias de edificación resulta "necesaria y proporcionada", ya que solo por ese medio "se puede impedir con garantías de éxito (...) la consolidación de nuevos usos terciarios hoteleros".
La sentencia dictada ahora por el TSJCV no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, pero puede volver a activar expediente de tramitación de licencias que quedaron 'dormidos' por la moratoria. En total, fueron 363 expedientes y se bloquearon 4.697 plazas turísticas.
A finales del pasado mes de marzo, la alcaldesa María José Catalá anunció una normativa que convertiría a Valencia en la primera ciudad que no solo pone tope a las viviendas de uso turístico (VUT), sino también a hoteles y hostales.
La fórmula para hacerlo es a través de los llamados candados administrativos, que permitirán tumbar cualquier propuesta que no cumpla los tres requisitos de manera simultánea. El primero es que en la ciudad, el número de plazas turísticas totales, ya sean hoteles, hostales o pisos turísticos, no podrán superar el 8% de las personas empadronadas en cada distrito y cada el barrio.
A esto se suma que solo el 2% del total de las viviendas de cada barrio podrá destinarse a uso turístico -piso o como bloque de apartamentos- y, además, el 85% de los bajos comerciales de una manzana quedarán blindados para el pequeño comercio, evitando así la pérdida de identidad de los barrios después de que el gobierno anterior de PSOE y Compromís limitara la apertura de vivienda turística a los locales en planta baja.
El Ayuntamiento asegura que estudiará interponer recurso ante el Supremo para defender un marco de regulación que la propia sentencia considera "necesario, proporcionado y fundado" en razones de "interés general" para proteger el entorno urbano y el derecho a una vivienda digna ante el crecimiento descontrolado de las VUT en la ciudad.
Además, fuentes municipales apuntan a que el fallo se basa en una "discrepancia técnica de alcance interpretativo, no de fondo". En concreto, afecta a una matización del tribunal se refiere a una cuestión estrictamente técnico-jurídica: si la redacción del artículo 68.1 del TRLOTUP, vigente en mayo de 2024, amparaba expresamente la suspensión de licencias de cambio de uso y la eficacia de las declaraciones responsables. El Ayuntamiento defendió —y sigue defendiendo— que las licencias de edificación incluyen los cambios de uso, interpretación que comparte la propia legislación urbanística estatal.
La posterior modificación de la LOTUP mediante decreto-ley "confirma que el Ayuntamiento actuó en la dirección correcta y con la debida diligencia para proteger los barrios residenciales de Valencia".
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