






















Europa Press Valencia
Actualizado
El ministerio fiscal apoya la petici�n del ex presidente de la Generalitat Carlos Maz�n de personarse en la causa que se sigue en el Juzgado de Catarroja en la que se investiga la gesti�n de la dana que el 29 de octubre de 2024 dej� 230 v�ctimas mortales en la provincia de Valencia, as� como de tener acceso a las actuaciones procesales.
As� lo se�ala en un informe en el que pide la estimaci�n del recurso de apelaci�n de Maz�n contra el auto del pasado 31 de marzo de la jueza en el que rechaz� la personaci�n de Maz�n y le record� que la figura del denominado 'testigo asistido' no existe en Espa�a. El ex jefe del Consell pidi� personarse en la causa despu�s de que la magistrada le citara como testigo en el procedimiento y de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana rechazara imputarle al no ver indicios de delito en su actuaci�n.
El fiscal tambi�n pide en otro informe que se estime el recurso del ex presidente contra una diligencia de ordenaci�n del juzgado, del pasado 15 de abril, en el que acordaba que no hab�a lugar a la designaci�n de particulares (copia de documentos) solicitada por Maz�n para sustentar su recurso ante la Audiencia.
El ministerio p�blico se�ala que el objeto del recurso interpuesto por Maz�n gira en torno a la interpretaci�n del art�culo 118 bis de la LECrim "con relaci�n al ejercicio del derecho de defensa por una persona aforada no investigada respecto de la que presuntamente se han practicado, o est�n pendientes de realizarse, diligencias de investigaci�n de cuyo resultado supuestamente se ha obtenido, o pudiera conseguirse, informaci�n concerniente a su actuaci�n en la gesti�n de la emergencia" derivada de la dana.
Al respecto, el fiscal sostiene que, aunque ese precepto nombra concretamente a diputados y senadores aforados ante el Supremo, la protecci�n del derecho de defensa "permite extender su aplicaci�n a quienes gozan de aforamiento ante los Tribunales Superiores de Justicia y no requieren de suplicatorio", como sucede en este caso en el que Maz�n es diputado en las Cortes.
Para el fiscal, la exposici�n de motivos de la ley permite inferir que la resoluci�n de la jueza impugnada por el ex presidente "vulnerar�a el derecho de defensa" de Maz�n "porque deniega su personaci�n en el presente procedimiento, y, por extensi�n, la posibilidad de tener conocimiento de las actuaciones e intervenir en la instrucci�n de la causa participando en las diligencias que se practiquen y solicitando la pr�ctica de las que convinieran a sus intereses, derechos que no pueden condicionarse a su voluntaria inclusi�n en el procedimiento con el estatus de investigado".
As�, se�ala que, una vez descartada por el TSJCV la comisi�n por el ex presidente de los delitos investigados en esta causa en la modalidad de "omisi�n", esa inferencia se sustenta "en aquellas diligencias de investigaci�n pendientes de practicarse por el �rgano judicial instructor que, per se o por su relaci�n con otras ya materializadas, pudieran suponer en la praxis la investigaci�n de la participaci�n del referido aforado en la gesti�n de la emergencia".
Como ejemplo, el fiscal cita varias resoluciones de la jueza relativas a las �rdenes de cooperaci�n internacional para acceder a los mensajes de WhatsApp y Telegram del que fuera su ex jefe de gabinete Jos� Manuel Cuenca -despu�s del reseteo de su m�vil- o en las que pide WhatsApps a alcaldes.
En otro informe, el fiscal considera "pertinente" aceptar la designaci�n de particulares que ped�a Maz�n, de forma gen�rica, y remitirlos a la Audiencia Provincial "para la adecuada resoluci�n del recurso de apelaci�n interpuesto".
El Juzgado, a trav�s de una diligencia de ordenaci�n de la Letrada de la Administraci�n de Justicia (LAJ) de este mismo jueves, ha desestimado el recurso de reposici�n de Maz�n contra el escrito anterior en el rechazaba esa designaci�n de particulares.
Por otro lado, el fiscal s� que ha mostrado su criterio contrario al recurso presentado por Salom� Pradas para que no se lleve a cabo la prueba caligr�fica acordada por la jueza sobre unas notas del borrador ES-Alert enviado a la poblaci�n. La ex consellera, que reconoci� haberlas escrito, alegaba que esa prueba exig�a prestar su consentimiento "de forma libre y voluntaria".
El ministerio fiscal argumenta que, seg�n la ley, corresponde al juez acordar las diligencias que considere pertinentes y �tiles a los efectos de la investigaci�n del delito, de su autor y dem�s circunstancias y la confesi�n de la investigada sobre esa autor�a "no dispensa al juez de adquirir el convencimiento de la verdad y la existencia de delito".
Por tanto, concluye que el reconocimiento por la investigada de la autor�a de la graf�a de un documento "no exime al �rgano judicial instructor de realizar una diligencia imprescindible para la comprobaci�n de los hechos objeto de investigaci�n y que, por su naturaleza, no podr�a realizarse en el juicio oral".
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