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Condenados a prisión permanente la madre y el tío de una ...
Eduardo Colom · 2026-03-26 · via Baleares

Actualizado

La justicia balear ha impuesto pena de prisión permanente revisable -equiparable a una cadena perpetua- a una mujer que arrojó a su bebé recién nacido a un contenedor de basura en Porto Cristo (Mallorca).

Condena además a su cuñado, tío de la criatura, al considerar que ambos perpetraron un crimen "particularmente perverso y ruin", según refleja la sentencia que ha hecho pública hoy el Tribunal Superior de Justicia de Baleares. Ambos han sido condenados tras un proceso juzgado por jurado popular.

La madre del bebé, Yolanda M., que el domingo cuando se leyó el fallo del jurado no estaba presente en la Sala y fue puesta en busca y captura, está condenada por delito de asesinato con agravante de parentesco.

Gustavo P., cuñado de la madre, también ha sido condenado a pena permanente revisable por el delito de asesinato, con inhabilitación absoluta y pago de un tercio de las costas.

Según el veredicto del jurado, leído el pasado domingo, la principal acusada se puso de parto en un coche y, tras dar a luz al neonato vivo, acordó con su cuñado arrojarlo a un contenedor de basura el 3 de noviembre de 2023 en la localidad mallorquina de Porto Cristo.

La bebé, que era una gran prematura, falleció de una parada cardiorrespiratoria asociada a la falta de cuidados y a las condiciones en las que fue abandonada, informa la agencia EFE.

Tras comprobar que la recién nacida estaba viva, la madre acordó con su acompañante deshacerse de ella. El fallo considera probado que ambos eran plenamente conscientes de que la bebé había nacido con vida y, pese a ello, decidieron arrojarla al contenedor, donde fue abandonada sin asistencia médica.

Durante el juicio, una testigo relató haber visto cómo Gustavo P. depositaba un bulto en el contenedor, mientras que agentes de Policía Local localizaron poco después a la bebé dentro de una caja con restos de sangre y ropa, por lo que fue trasladada al hospital de Llevant, donde no pudo ser reanimada.

No pidieron ayuda

Los acusados de abandonar a la bebé no pidieron ayuda en ningún momento, pese a que el hospital más cercano se encontraba a escasa distancia, lo que el tribunal considera relevante para apreciar la intencionalidad de la conducta.

La resolución también recoge que la madre había acudido dos días antes al servicio de Urgencias del hospital de Manacor, donde se le informó de que estaba embarazada de más de 25 semanas, sin que constaran complicaciones en ese momento que hicieran prever un parto inminente.

Los miembros del jurado consideraron probado que estos dos acusados, conscientes de que la bebé estaba viva, acordaron arrojarla allí sin pedir ningún tipo de asistencia médica. "Querían causar la muerte de la criatura", han manifestado.

Sobre la hermana de la acusada, el jurado declaró probado que la mujer era consciente del peligro al que estaba expuesta la bebé, "desamparada y en peligro manifiesto y grave", y que "pudiendo hacerlo sin riesgo propio o de terceros, no la auxilió".

En este sentido, informa Europa Press, destacaron que nada le impedía llamar a una ambulancia o a la Policía. El jurado no se mostró favorable al indulto ni a la suspensión de las penas.

Tras la lectura del veredicto, el Ministerio Fiscal solicitó para la madre y el tío la pena de prisión permanente revisable y, para la tía, una pena de un año de multa con cuota diaria de 15 euros.

Los abogados de los dos primeros acusados no pudieron plantear ninguna pena alternativa, mientras que el de la tercera procesada solicitó para su defendida la pena mínima.

Por otra parte, el Tribunal también celebró la vista prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal pedida por la Fiscalía para el tío de la víctima y la magistrada acordó su ingreso en prisión.