Seguridad Social
Hasta 2028
Es necesario suscribir un convenio especial para pagar las cotizaciones no efectuadas

Una pareja de jubilados.
TRESB
Actualizado
Son muchas las personas que antes de conseguir un empleo estable, tuvieron pr�cticas formativas en las que seguramente no cotizaron a la Seguridad Social. Ahora, el Ministerio de Inclusi�n, Seguridad Social y Migraciones ha modificado los requisitos y los ciudadanos van a poder recuperar hasta cinco a�os de cotizaci�n, que se podr�n sumar de cara a la jubilaci�n.
La medida est� en vigor desde el a�o 2024 y esta recuperaci�n se va a poder solicitar hasta el 31 de diciembre de 2028. Para ello, habr� que suscribir un convenio especial con la Seguridad Social y abonar las cotizaciones no efectuadas.
Pero antes de nada, �qui�n puede recuperar estos a�os de cotizaci�n? La normativa est� pensada para aquellos que realizaron pr�cticas acad�micas y no cotizaron por ellas antes de 2024 (en el caso de las no remuneradas) o anteriormente al 1 de noviembre de 2011 en otros casos. Concretamente, son los siguientes casos:
- Pr�cticas realizadas por alumnos universitarios, ya sea para obtener una titulaci�n oficial (grado, m�ster o doctorado) o para un t�tulo propio de la universidad.
- Pr�cticas realizadas por alumnos de formaci�n profesional, siempre que no se presten en el r�gimen de formaci�n profesional intensiva, es decir, siempre que no tengan car�cter laboral.
- Pr�cticas realizadas por alumnos de ense�anzas art�sticas superiores, ense�anzas art�sticas profesionales y ense�anzas deportivas del sistema educativo.
- Participantes en programas de formaci�n de naturaleza investigadora, tanto en Espa�a como en el extranjero.
En total, pueden recuperarse hasta 1.825 d�as de cotizaci�n, que coinciden con los cinco a�os comentados anteriormente.
�Cu�nto hay que pagar y c�mo se puede pagar?
Tal y como se�ala la Seguridad Social, la base de cotizaci�n tendr� en cuenta la de referencia del a�o en el que se llev� a cabo la actividad y no la de 2024. La norma retoma la f�rmula de c�lculo de la cuota a ingresar, que ya se pact� para este tipo de convenios en 2011 y que consiste en tomar la base m�nima de cotizaci�n del grupo 7 del R�gimen General vigente cuando se realizaron las pr�cticas en lugar de la de este a�o.
Esta cifra se situar�a entre los 40 y los 140 euros mensuales aproximadamente y una vez calculado el importe total de la cotizaci�n, este se reducir� mediante la aplicaci�n del coeficiente del 0,77, constituyendo el resultado la cotizaci�n a ingresar.
Por otro lado, el pago a la Seguridad Social se puede realizar de una sola vez (dentro del mes siguiente a haber formalizado el convenio) o podr� fraccionarse en hasta el doble del periodo que se quiere recuperar, con un m�ximo de 84 mensualidades (siete a�os).

























