

























Un vecino de Vallecas de 64 años, enfermo de cáncer avanzado y en pleno tratamiento oncológico, podría ser desahuciado este viernes por el Ayuntamiento de Madrid tras más de dos décadas residiendo en una vivienda de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS). Su defensa jurídica ha solicitado la suspensión urgente del lanzamiento por razones médicas, humanitarias y procesales. El Ayuntamiento mantiene que no son inquilinos, que nunca tuvieron un contrato de alquiler y que la Justicia siempre les ha dado la razón, ya que se trata de una compraventa fallida por impago en 2009 con sentencia firme.
Raúl Alberto Artigues Castellón y su esposa, Amalia Torres Uría, de 63, afrontan el desalojo previsto para el viernes 29 de mayo en una vivienda situada en la calle Montes Pirineos, en Vallecas, por una antigua deuda vinculada al contrato de compraventa de la vivienda social que supuestemente adquirieron en 2006.
La deuda se originó en 2009, cuando Raúl perdió su empleo como electricista y la familia dejó de poder afrontar las cuotas. Es decir, que dejaron de pagar y se convirtieron en okupas. El Consistorio les denunció por impago y un juez le dio la razón y anuló el contrato de compraventa. Lo siguiente fue ordenar el desahucio en el año 2012, pero este no se ejecutó. Según denuncia la pareja, durante años han intentado negociar un pago fraccionado con la EMVS y regularizar la situación, pero aseguran que el Ayuntamiento se ha negado a aceptar cualquier alternativa.
La defensa de la familia ha presentado un escrito urgente ante el Tribunal de Instancia de Madrid solicitando la suspensión cautelar del desahucio. En él se advierte de que Raúl padece un adenocarcinoma de recto localmente avanzado y se encuentra actualmente sometido a quimioterapia y radioterapia en el Hospital Gregorio Marañón.
Según la documentación médica aportada al juzgado, el paciente presenta una pérdida severa de peso, dolor abdominal persistente y un cuadro clínico especialmente delicado. Su último ciclo de quimioterapia tuvo lugar el 27 de mayo y la radioterapia estaba programada para el día 28, apenas 24 horas antes de la fecha fijada para el lanzamiento.
Sostiene la abogada que ejecutar el desahucio en estas circunstancias podría ocasionar "un perjuicio grave, actual y de muy difícil reparación", afectando directamente a la continuidad del tratamiento médico y a la estabilidad clínica del enfermo.
Pero el escrito no solo apela a razones humanitarias. La lertada también denuncia importantes irregularidades procesales en la ejecución judicial. Entre ellas, que una de las ejecutadas, Gloria Uría Gómez —madre de Amalia— falleció en 2011, antes incluso de que se despachara la ejecución en 2012.
La defensa considera que el juzgado debería aclarar previamente la sucesión procesal y revisar la correcta integración de las partes antes de ejecutar materialmente el lanzamiento. Además, recuerda que la ejecución permaneció inactiva durante más de una década y fue reactivada en 2025 tras un escrito de impulso procesal presentado por la EMVS.
El escrito judicial también revela otro hecho: la vivienda lleva sin suministro de agua desde diciembre de 2024. La familia asegura haber intentado resolver la situación amistosamente con la EMVS, incluso ofreciendo asumir pagos pendientes, sin obtener respuesta efectiva.
Ante esta situación, los abogados solicitan no solo la suspensión inmediata del desahucio, sino también que intervengan los servicios sociales para evaluar la vulnerabilidad de la pareja.
Pese a ello, la jueza ha rechazado hasta ahora la paralización del lanzamiento, argumentando que la familia conocía desde hace años la intención del Ayuntamiento de ejecutar el desahucio y que el estado de salud de Raúl no implica que deba permanecer hospitalizado permanentemente.
La defensa insiste en que la suspensión no pretende cuestionar el fondo de la ejecución, sino evitar "una actuación material irreversible" mientras existen incidencias procesales pendientes y una situación médica extrema que podría agravarse dramáticamente si el lanzamiento se ejecuta este viernes.
Fuentes del Ayuntamiento de Madrid sostienen que el caso se remonta a una compraventa de vivienda social formalizada en 2006 que quedó resuelta judicialmente por impago. Según explican desde el Consistorio, la EMVS interpuso la correspondiente demanda después de que la parte compradora dejara de abonar las cuotas y, en 2009, la Justicia dio la razón a la empresa municipal, declarando resuelto el contrato.
Desde entonces, añaden las mismas fuentes, los ocupantes de la vivienda permanecen en el inmueble "sin título habilitante" y sin abonar cantidad alguna por el uso de la vivienda. El Ayuntamiento subraya además que no existe posibilidad legal de regularizar la situación mediante una subrogación, ya que se trata de una compraventa fallida por impago con sentencia firme. La persona que figuraba como compradora original falleció en 2011.
Respecto a la suspensión del desahucio, el Ayuntamiento recuerda que la magistrada ya ha rechazado la petición de paralización por vulnerabilidad. En su resolución, la jueza señala que "debe rechazarse la suspensión de la ejecución y continuar la misma", al considerar que la parte ejecutada "conoce desde el año 2010 que debe abandonar la vivienda sin que voluntariamente lo haya efectuado". La resolución añade que los afectados "han tenido tiempo suficiente para gestionar su residencia en otro lugar". Asimismo, el auto judicial contempla que, en caso de necesidad, puedan activarse recursos de atención social a través de SAMUR Social.
Desde la EMVS defienden además que los servicios jurídicos y sociales de la empresa municipal actúan conforme a su obligación legal de proteger tanto el patrimonio público como los derechos de las personas inscritas en los registros de solicitantes de vivienda social que esperan una adjudicación. "Las viviendas públicas son un bien de todos los madrileños y están sujetas a una normativa y un reglamento que EMVS Madrid tiene la obligación de hacer cumplir", señalan fuentes municipales.
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