Tiene que haber negociación
Se puede hacer con causa justificada, pero debe respetarse la remuneración previa

Una negociación.
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El Tribunal Supremo ha vuelto a dejar claro en una sentencia que las empresas pueden modificar el convenio colectivo que aplican a sus trabajadores, siempre y cuando se justifique una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, se produzca una negociación entre las partes y se mantenga la retribución previa.
De esta manera, el Alto Tribunal ha dado la razón a la compañía SERMICRO, que trasladó a parte de su plantilla del convenio del Metal al convenio de Consultoría.
La empresa adecuó las condiciones laborales a su situación real, siguiendo los cauces legales, y sin que el salario se viera reducido, por lo que el Supremo ha desestimado el recurso presentado por los sindicatos y, de paso, ha arrojado luz sobre uno de los aspectos que más dudas suele generar: la modificación unilateral del convenio por parte de las compañías.
En este caso, la empresa justificó que el nuevo convenio se asemejaba más a su actual actividad y no buscaba reducir costes. De hecho, se estableció un sistema de complementos personales para los trabajadores que tenía como objetivo que si el trabajador recibía un salario más alto con el anterior convenio, gracias a este complemento iba a mantenerlo. Progresivamente, se iría retirando a medida que se fueran implementando subidas salariales con el nuevo convenio.
En la práctica, esta forma de proceder ha hecho que ningún trabajador se viera perjudicado económicamente por el cambio de convenio.
La empresa no puede modificar unilateralmente el convenio
Cabe señalar que la sentencia no autoriza a modificar unilateralmente los convenios y que siempre se deben seguir los cauces legales establecidos, tal y como se recoge en el Estatuto de los Trabajadores.
Es decir, debe haber una causa objetiva y comprobable y, a continuación, tiene que llevarse a cabo el periodo de consultas y la negociación con los representantes de los trabajadores para intentar llegar a un acuerdo.





















