

























El Tribunal Supremo ha anulado el registro único de arrendamientos de corta duración, regulado en el Real Decreto 1312/2024 de 23 de diciembre, al considerar que el Estado carece de título competencial para establecer una regulación exhaustiva de un registro nacional que «se superpone ... a los registros autonómicos existentes con respecto a la inscripción de inmuebles destinados a arrendamientos turísticos».
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