




























El Ministerio de Trabajo vuelve a situar el salario mínimo interprofesional (SMI) en el centro del debate económico. En un contexto marcado por la incertidumbre inflacionaria, el Gobierno de España se muestra dispuesto a revisar su cuantía en el corto plazo si el encarecimiento de los precios derivado de la guerra en Irán erosiona el poder adquisitivo de los trabajadores.
La clave está en la posibilidad legal de actualizar el SMI si las previsiones de inflación sobre las que se pactó el incremento inicial han sido superadas por la realidad del mercado. Se trata de un cambio normativo impulsado en 2025, que buscaba dotar a la prestación de mayor agilidad frente a shocks inflacionistas imprevisibles.
Amparándose en la flexibilidad que establece el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, ha subrayado que la normativa vigente permite una revisión semestral de esta renta mínima cuando las previsiones del Índice de Precios al Consumo (IPC) no se materializan.
"El Gobierno estaría dispuesto a tenerlo en cuenta", ha asegurado el "número dos" de Trabajo durante la Comisión de Trabajo y Economía Social en el Senado, este jueves, informa Europa Press.
Esta apertura se produce apenas dos meses después de que el Consejo de Ministros aprobara en febrero una subida del 3,1% del SMI, que elevó su cuantía a 1.221 euros mensuales en 14 pagas para 2026 (37 euros más al mes respecto a 2025), con efectos retroactivos desde el 1 de enero.
La medida, pactada con UGT y CCOO pero rechazada por CEOE y Cepyme, benefició a unos 2,5 millones de trabajadores y situó el SMI anual en 17.094 euros brutos, consolidando una tendencia alcista que ha multiplicado por 1,6 su valor desde 2018.
Sin embargo, el repunte inflacionista amenaza con erosionar ese poder adquisitivo, lo que ha llevado al Gobierno a recordar la herramienta de ajuste semestral.
Desde el Ministerio se subraya que el objetivo primordial es evitar que el SMI pierda su función como herramienta de protección social y garantía de suficiencia. Por tanto, la posibilidad de un ajuste extraordinario se sitúa ahora en un escenario en el que el salario mínimo podría experimentar dos incrementos en un mismo año natural si los índices de precios al consumo no muestran una tregua significativa en el corto plazo.
La revisión extraordinaria requeriría, no obstante, una consulta previa con los agentes sociales (sindicatos y patronal), así como un informe de la Comisión Nacional del SMI, y se activaría si el IPC acumulado supera las proyecciones iniciales.
Pérez Rey ha insistido en que el Ejecutivo mantendrá su compromiso de ajustar esta renta mínima a la coyuntura económica, considerando no solo la inflación, sino también la productividad, la participación del trabajo en la renta nacional y el crecimiento del PIB.
En este sentido, el SMI se ha convertido en un indicador clave de la política de rentas, con subidas anuales que han superado el 60% en la última década, aunque la patronal advierte de sus efectos sobre la competitividad de las pymes.
Para las empresas, especialmente en sectores intensivos en mano de obra, una segunda subida en el mismo año podría traducirse en un aumento de costes laborales en un contexto todavía incierto.
La decisión final quedará supeditada a los datos de inflación que se publiquen en las próximas semanas y al resultado de las consultas con las organizaciones sindicales y patronales.
Si bien los sindicatos han acogido con optimismo esta disposición al diálogo, la negociación se prevé compleja debido a la necesidad de equilibrar la protección del salario con la sostenibilidad de las pequeñas y medianas empresas, principales empleadoras en los sectores más afectados por el SMI.
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