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El Gobierno introduce una 'cláusula Juana Rivas' en la Le...
EFE · 2026-05-06 · via Portada // elmundo

El Consejo de Ministros aprobó ayer una reforma que supone un cambio de rumbo en la tendencia social imperante en divorcios y separaciones. Modificará la legislación para prohibir que la custodia compartida de los hijos se conceda si hay «indicios» de que puede perjudicar emocionalmente a niños y adolescentes. Se trata de un límite que, en la práctica, supone dar más protección a las mujeres en aquellos casos en los que no se alcanza un acuerdo entre los progenitores y sólo la reclama uno de ellos, generalmente los hombres.

Hasta 2005 la custodia casi siempre recaía de forma exclusiva en la madre. La Ley 15/2005 que reformó el Código Civil introdujo por primera vez la custodia compartida, incluso sin acuerdo entre ambas partes. Hasta ahora el juez la concede con informe favorable del fiscal, siempre que considere que se protege adecuadamente el interés superior del menor. Durante la última década las custodias compartidas han aumentado del 12% registrado en 2010 al 49,7% en 2024, año en que ha superado por primera vez a la custodia materna (46,6%).

La jurisprudencia entiende que es la forma más adecuada para garantizar la igualdad y corresponsabilidad en la crianza. El Tribunal Supremo, en la sentencia 257/2013 de 29 de abril de 2013, interpreta que es el régimen «normal e incluso deseable, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores, aun en situaciones de crisis».

Colectivos feministas llevan tiempo denunciando, sin embargo, que en los casos de rupturas conflictivas, pueden ser usadas por los maltratadores para «mantener el control sobre la mujer» o como artificio para no pagar la pensión a su ex pareja.

Reforma de una ley de 2021

En el proyecto de ley que modifica la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, impulsada por la ministra Sira Rego (IU), se introducen varias garantías adicionales para las mujeres y se refuerza la protección de los menores, especialmente de los que sufren o están en riesgo de sufrir violencia de género». Son medidas que no existían en la norma anterior, aprobada en 2021 por el Gobierno de Pedro Sánchez.

Una de ellas señala que «en ningún caso podrá establecerse el régimen de custodia compartida cuando existan indicios de que dicho régimen de custodia pueda provocar un impacto negativo en la salud física, psíquica y emocional de los niños, niñas o adolescentes».

El proyecto de ley no detalla qué entiende por «indicios» ni detalla el alcance del impacto en los menores. Sí apuesta, en cualquier caso, por dar más protagonismo a los menores en los procesos de las rupturas. Si un niño no quiere mantener el contacto con uno de sus progenitores, la nueva ley dice que «se deberán investigar las causas de dicho rechazo y garantizar que el contacto se da en condiciones seguras, a través de una atención especializada en perspectiva de infancia y seguimiento por los servicios correspondientes».

Sin edad para escuchar a los menores

Asimismo, se elimina la edad -12 años- a partir de la cual era obligatorio escuchar a los niños en los procesos que les afecten. El nuevo texto prohíbe también utilizar el término «síndrome de alienación parental», que como tal no existe como diagnóstico clínico, para referirse a aquellos casos en que uno de los progenitores manipula a su hijo para denigrar al otro.

Sira Rego dijo ayer que «se trata de uno de los artefactos que usa la extrema derecha para golpear a las mujeres y al feminismo» y que las mujeres podrán recurrir las sentencias en las que se use esta expresión «y cualquier otra teoría pseudocientífica».

El caso de Juana Rivas

La reforma responde a la demanda durante años explicitada por ejemplo en el caso de Juana Rivas, la mujer apoyada públicamente por las ministras Rego y Ana Redondo, y condenada en 2018 por sustraer a sus hijos del padre, el italiano Francesco Arcuri. Rivas, de nuevo imputada ahora por sustracción tras quedarse a su hijo menor en Granada durante una visita navideña el año pasado, se ha quejado frecuentemente de que la Justicia no escuchaba a sus hijos.

A través de su caso se ha catalizado el sentir de parte del feminismo, que salió a la calle en masa en decenas de ciudades españolas en el verano de 2016 para protegerla de malos tratos nunca demostrados de su ex pareja. Tras tener que devolver entonces a sus hijos a Arcuri, después de un mes en busca y captura, pasó a denunciar que no sólo ella había sido maltratada, sino también los menores.

En realidad, la Justicia italiana siempre ha recogido, desde 2017, el sentir de los hijos de Rivas y Arcuri acerca de su relación con sus padres, certificando en tres sentencias civiles lo que han denominado «inducción» y «manipulación» maternas sobre los menores en orden a acusar al padre de abusos.

El año pasado, de hecho, la mujer se vio obligada a devolver a su hijo menor a Cerdeña, donde vive el padre, después de que la Justicia española escuchara en efecto al menor, que aseguraba aquí que tenía un miedo irrefrenable a su padre, e hiciera caso a los jueces italianos, que llevan muchos años asegurando que Arcuri es el único progenitor que puede cuidarle satisfactoriamente. La ministra Rego visitó entonces a Rivas y a sus hijos, justo cuando la madre se oponía a devolver a su hijo al padre.

En cuanto el niño volvió a Italia reanudó con normalidad su relación con su padre, como aseguran sus profesores y psicólogos. Rivas, no obstante, sí ha conseguido en la actualidad que se abra un procedimiento en Italia a Arcuri por supuestos daños a sus hijos, pero de nuevo el pequeño ha declarado en él, como informó EL MUNDO, que está feliz con su padre en Cerdeña, e incluso la trabajadora social que le atiende ha asegurado ante el juez que recogió de parte del niño presiones de la madre para acusar de maltrato a su padre.

El lema de María Sevilla

La reivindicación de que se escuche a los menores también fue sostenida en el Congreso de los Diputados por María Sevilla, la presidenta de la denominada asociación Infancia Libre, en 2017. Sevilla, que había antes denunciado repetidamente a los servicios psicosociales que pretendían darle la custodia a su padre, habló en la Comisión de Adolescencia e Infancia sobre la «necesidad de escuchar a los niños», una enseña que Infancia Libre llevó a sus camisetas en alguna de sus visitas institucionales, con la leyenda: «Los niños no mienten, los abusadores sí».

Tiempo después se negó a entregar a su hijo al padre cuando la Justicia le concedió a este la custodia, y pasó más de un año en paradero desconocido hasta que la Policía la localizó en un chalet aislado de una pedanía de Cuenca, con su hijo sin escolarizar y con escasa atención médica, con leyendas bíblicas escritas en las paredes. Después fue condenada por sustracción del niño, y tras esto indultada por el Gobierno al igual que Rivas.

La reivindicación en ambos casos, muy politizados -Sevilla compareció en el Congreso y la Asamblea de Madrid invitada por Podemos, que le encargó un «estudio»-, era que se escuchara a los menores.

Los hijos de víctimas también son víctimas

La nueva ley reconoce que «los niños que están expuestos a la violencia de género que sufre su madre son víctimas de violencia de género» también. Y endurece los requisitos para trabajar en actividades que impliquen contacto con niños.

El proyecto debe aún ser aprobado por las Cortes. «Va a tener un trámite legislativo complejo, y apostamos por que se incluyan medidas que han quedado pendientes», dice Carles López, presidente de la Plataforma de Infancia, que pide que se amplíe la edad para las pruebas preconstituidas (grabación de las declaraciones de un menor para evitar su revictimización). Ahora se contempla hasta los 14 años: Unicef insta a que se eleve hasta los 17 años incluidos.