ANDALUC�A
Tres a�os despu�s de pactar una pensi�n compensatoria a favor de la esposa en atenci�n a su "dedicaci�n a la familia durante el matrimonio", el ex marido interpuso una demanda de modificaci�n de medidas.

Sede del Tribunal Constitucional en Madrid.Efe
Actualizado
El Pleno del Tribunal Constitucional estudiar� si el hecho de vivir con una nueva pareja es causa de extinci�n de una pensi�n compensatoria.
El caso trata de una pareja que contrajo matrimonio en 1977. Tuvieron dos hijos. En junio de 2021 acordaron su divorcio y firmaron un convenio regulador en el que pactaron una pensi�n compensatoria a favor de la esposa en atenci�n a su "dedicaci�n a la familia durante el matrimonio".
Sin embargo, en diciembre de 2024, el marido interpuso una demanda de modificaci�n de medidas contra la esposa, interesando la extinci�n de la pensi�n pactada, porque ella conviv�a con una nueva pareja, que es una causa de extinci�n seg�n el C�digo Civil.
En relaci�n a ello, el tribunal ha admitido a tr�mite una cuesti�n de inconstitucionalidad promovida por la Plaza n�mero 1 de la Secci�n de Familia, Infancia y Capacidad del Tribunal de Instancia de Jerez de la Frontera (C�diz) sobre el art�culo 101 del C�digo Civil.
Dicho precepto dispone que el derecho a la pensi�n compensatoria del art. 97 del C�digo Civil "se extingue por el cese de la causa que lo motiv�, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona".
La duda de constitucionalidad plantea la posible contradicci�n de dicho inciso con el principio del libre desarrollo de la personalidad y con la prohibici�n de discriminaci�n por raz�n de sexo, recogidos en la Constituci�n.

























