COMUNIDAD VALENCIANA
El pleno de la Sala de lo Civil y Penal recuerda que hay que probar la relaci�n directa entre las decisiones de la ex consellera y el es secretario auton�mico, los �nicos imputados, con cada una de las muertes

La ex consellera Pradas, en su �ltima visita en enero al juzgado de Catarroja.
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El pleno de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) no solo mantiene su postura de no investigar a Carlos Maz�n por su gesti�n el d�a de la dana, sino que abre una puerta a que la ex consellera de Interior, Salom� Pradas, y el ex secretario auton�mico, Emilio Arg�eso, pueden agarrarse para no acabar en el banquillo.
El Alto Tribunal insiste en que el ex presidente de la Generalitat no ten�a el "deber de actuar" en la gesti�n de la emergencia y, por tanto, no ten�a la posici�n de garante de la seguridad de los ciudadanos. Por eso, no encuentran indicios "serios y fundados".
La garante, seg�n las leyes auton�micas, era la consellera Pradas, pero en su caso el TSJ lanza una advertencia: debe quedar probado que sus decisiones, o la ausencia de ellas, tienen una relaci�n directa con las 230 muertes.
En concreto, el auto se refiere al env�o del Es-Alert, que la jueza instructora de Catarroja siempre consider� "tard�o y err�neo", y para ello hace una comparaci�n con el pronunciamiento del Tribunal Supremo en 2021 ante las querellas al Gobierno por haber permitido manifestaciones cuando ya hab�a aparecido alg�n caso de Covid.
"Para sostener la autor�a del aforado -en referencia a Maz�n- por las muertes, lesiones o da�os sufridos por las v�ctimas, ser�a indispensable acreditar que, de haberse ejecutado la acci�n omitida" -coordinar consellerias e impulsar el plan de emergencias desde el primer momento, convocar con anterioridad el CECOPI, informar a los ciudadanos y activar la alarma con antelaci�n, pedir ayuda estatal...-, "se habr�an evitado los resultados da�osos, lesivos y mortales", recogen los magistrados.
Su postura la refieren a Maz�n, pero podr�a ser extensible a Pradas. "En otras palabras, habr�a que demostrar que si se hubiera informado con anterioridad o si se hubiera anticipado la decisi�n de emitir la alerta, se habr�an impedido los da�os", aclaran.
El pleno de la Sala insiste en que no basta con constatar que esas decisiones podr�an haber reducido el drama que fue la dana, sino que "la imputaci�n de actos homicidas o lesivos no puede construirse en t�rminos estad�sticos, sino estrictamente probatorios, ligados a la muerte o a las lesiones padecidas por cada una de las v�ctimas".
En esta doble tarea est� volcada la instructora de Catarroja, una vez apartadas las pesquisas que intentaban aclarar si Pradas recibi� o actu� por orden de Maz�n y de que el TSJ archivara el escrito en el que ped�a su imputaci�n.





















