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El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por el Real Madrid contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en relación con la celebración de espectáculos en el estadio Santiago Bernabéu.
Según ha informado este miércoles el alto Tribunal, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha acordado este miércoles rechazar el recurso de casación número 1159/2026, preparado por el Real Madrid Club de Fútbol contra la sentencia de 24 de noviembre de 2025, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM, en relación con la celebración de espectáculos en el estadio.
Por parte desde la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu, se había solicitado al Ayuntamiento de Madrid que declarara que el Plan Especial de mejora del medio urbano del estadio y las diferentes licencias otorgadas al Real Madrid, con motivo de su reforma, no amparaban la celebración de conciertos musicales en el mismo.
La asociación vecinal interpuso recurso contencioso administrativo contra la desestimación presunta de su solicitud por parte del Ayuntamiento de Madrid y el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 31 de Madrid, por auto de 25 de junio de 2025, acordó inadmitir el recurso al considerar que el acto recurrido no era susceptible de impugnación.
Así lo acordó dado que, además, el Ayuntamiento, a través de la Agencia de Actividades, había contestado la consulta señalando que la competencia para autorizar dichos espectáculos extraordinarios le correspondía a la Comunidad de Madrid.
Interpuesto recurso de apelación, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM había estimado el recurso, dando la razón a la asociación vecinal, al señalar que el Juzgado debía hacer admitido el recurso y por tanto entrar a analizar el fondo del asunto.
Tras la inadmisión del recurso de casación preparado por el Real Madrid Club de Fútbol, las actuaciones vuelven al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 31 de Madrid que tendrá que decidir sobre la desestimación presunta de la consulta planteada.
Por su parte, el Real Madrid emitió un comunicado donde da sus explicaciones: "El Tribunal Supremo no ha dictado ninguna resolución sobre la legalidad de los conciertos celebrados en el estadio Santiago Bernabéu. La decisión conocida hoy se refiere exclusivamente a una cuestión procesal y supone que el procedimiento judicial promovido por una asociación vecinal continuará su tramitación ante el juzgado correspondiente".
Para el club blanco: "No existe en este momento ninguna resolución judicial que haya declarado que los conciertos celebrados en el estadio fueran contrarios a la normativa urbanística o a las licencias aplicables".
"Asimismo, conviene recordar que la celebración de conciertos en el estadio Santiago Bernabéu está sometida al mismo régimen de autorizaciones y controles administrativos que resulta aplicable a otros grandes recintos deportivos, como el estadio Metropolitano, donde estos días se están celebrando conciertos".
El procedimiento judicial continuará ahora su curso ordinario y será en ese marco donde, en su caso, se analicen las cuestiones planteadas por las partes.
El pasado 13 de mayo, la Justicia archivó la causa contra el club blanco y su director general, José Ángel Sánchez, por los conciertos celebrados en el Santiago Bernabéu en 2024. La jueza consideró que ni el club ni su alto directivo son responsables de las ilegalidades, en forma de ruido por encima del permitido, que se pudieron cometer durante el desarrollo de estos eventos musicales.
"La Audiencia Provincial concluye igualmente que son las empresas promotoras cesionarias del estadio, en la medida en que son ellas quienes promueven, organizan, desarrollan y ejecutan cada espectáculo, las responsables de velar por el cumplimiento de los límites de decibelios en la transmisión del sonido ambiente conforme a la Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica de 25 de febrero de 2011, añadiendo asimismo que la mera transgresión de una disposición administrativa general protectora del medio ambiente no determina, por sí sola, la intervención del Derecho Penal", decía el comunicado oficial difundido por el club blanco.

El Papa, el pasado lunes en el Bernabéu.HEREDIA
Esta decisión del Supremo se conoce dos días después de que el papa León XIV celebrase un encuentro con la comunidad diocesana de Madrid al que acudieron 80.000 personas y en el que hubo numerosas actuaciones musicales.
En cuanto a la postura del Gobierno de Almeida y Díaz Ayuso, ambos coinciden en que hay que buscar un "equilibrio" entre la organización de eventos y el descanso vecinal.
Eso sí, si desde el Ayuntamiento han avisado que no tiene "previsión" de cambiar su ordenanza de ruido, Díaz Ayuso sí que ha anunciado que se dará "seguridad jurídica a los promotores" y buscará también la manera de que se pueda "compaginar la vida diaria".
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