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Considera que "se vulnerar�an la Constituci�n Espa�ola y el Estatuto B�sico del Empleado P�blico y se impedir�a el acceso al empleo p�blico de los restantes ciudadano"

Manifestaci�n en Madrid.
Europa Press Madrid
Actualizado
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El Pleno de la Sala Social del Tribunal Supremo ha dictado sentencia y fijado criterio por el abuso de la temporalidad en las administraciones p�blicas espa�olas, estableciendo que s�lo deben adquirir la condici�n de fijos quienes previamente hubieran superado una prueba selectiva para acceder a un empleo indefinido, sin obtener plaza, y que hubieran encadenado despu�s contratos temporales.
En la sentencia, cuyo contenido ha adelantado a las partes afectadas, el Alto Tribunal argumenta que la contrataci�n temporal de personal laboral por parte de las administraciones p�blicas sin superar un procedimiento de acceso al empleo p�blico sujeto a los principios de igualdad, m�rito y capacidad no permite que esos trabajadores adquieran la condici�n de fijos como consecuencia directa del abuso en la temporalidad "porque se vulnerar�an la Constituci�n Espa�ola y el Estatuto B�sico del Empleado P�blico y se impedir�a el acceso al empleo p�blico de los restantes ciudadanos".
En este sentido, considera que las medidas adecuadas para prevenir y reparar el abuso en la temporalidad y garantizar la eficacia del acuerdo marco europeo sobre el trabajo de duraci�n determinada consisten en el abono de una indemnizaci�n calculada conforme a los criterios fijados por el Tribunal Superior de Justicia de la Uni�n Europea (TJUE) y la remisi�n del testimonio de la sentencia en la que se constate que se ha producido un abuso en la temporalidad a la Inspecci�n de Trabajo y de la Seguridad Social para que inicie el correspondiente procedimiento sancionador.
De este modo, el Supremo entiende que solamente cuando una persona haya participado en una prueba selectiva para la contrataci�n de personal fijo y la haya superado pero no haya obtenido plaza porque el n�mero de aspirantes que ha demostrado su capacitaci�n sea superior al n�mero de plazas ofertadas, si posteriormente suscribe contratos de duraci�n determinada y se produce un abuso en la temporalidad, procede convertir ese contrato en una relaci�n laboral fija.
El Alto Tribunal ha dictado su fallo en conformidad con la sentencia del TJUE de 3 junio de 2021 sobre el llamado caso Obadal, declar�ndose como relaci�n laboral fija la de una mujer que hab�a superado un proceso selectivo y posteriormente hab�a sufrido abuso de temporalidad.





















