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El "limbo" del alquiler ante el rechazo al decreto en el ...
Antonio Heredia · 2026-04-28 · via Portada

La falta de apoyos parlamentarios pone en jaque la extensión de dos años, que lleva vigente apenas 30 días. Los expertos advierten de que el burofax enviado por el inquilino no garantiza el derecho si el decreto decae esta tarde

Un hombre revisando anuncios de viviendas en inmobiliarias

Un hombre revisando anuncios de viviendas en inmobiliarias

Actualizado

Se asoma una gran incertidumbre ante el rechazo del Real Decreto-ley 8/2026 sobre la prórroga del alquiler y limitar las subidas de precio. Esta misma tarde, la medida fue rechazada por el PP, Vox y Junts, junto con la abtención del PNV, convirtiéndolo en un nuevo portazo a una iniciativa impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez. Esta falta de apoyos sitúa en un limbo legal a miles de propietarios e inquilinos, lo que podría desembocar en disputas judiciales y en elevados costes económicos.

El decreto, que entró en vigor el pasado 20 de marzo, establecía una prórroga extraordinaria de hasta dos años para contratos que finalizasen antes del 31 de diciembre de 2027, así como un límite del 2% en la actualización anual del alquiler. Al ser rechazada por la Cámara Baja, la norma solo estuvo vigente apenas 30 días. Para quienes están pendientes de su contrato, este es el escenario práctico que se abre a partir de esta tarde para quienes hayan solicitado la prórroga.

¿Qué pasa con las solicitudes enviadas?

La gran duda recae sobre los inquilinos que enviaron el burofax dentro del plazo de vigencia, pero cuya prórroga aún no ha sido aceptada por el casero. Alejandro Fuentes-Lojo, abogado experto en derecho inmobiliario del Bufete Fuentes-Lojo, aclara que en este caso la propiedad tiene las de ganar: "Puede oponerse a conceder dicha prórroga basándose en que jurídicamente no procede otorgar una extensión que, en el momento del vencimiento del contrato, ya no está en vigor".

El escenario cambia si el propietario ya aceptó la solicitud antes de que el decreto decayera. En ese caso, el acuerdo prevalece. "Como se ha aceptado la prórroga, le vincula y tendrá que respetarla esos dos años por mucho que luego la norma quede derogada", explica Fuentes-Lojo.

Ante la posibilidad de que muchos inquilinos se nieguen a abandonar las viviendas basándose en el decreto fallido, Fuentes-Lojo califica de "imprudencia" que se haya alentado a los ciudadanos a exigir esta extensión asumiendo semejante riesgo jurídico. El inquilino que pierda un pleito por expiración de plazo no solo deberá irse, sino que podría ser condenado a pagar las costas judiciales e indemnizar a la propiedad por los perjuicios de la demora.

Sin embargo, Arantxa Goenaga, abogada especializada en derecho inmobiliario y socia de AF Legis, aporta un matiz importante sobre la situación de los arrendatarios. Aunque coincide en que "el riesgo en un procedimiento judicial siempre es el de la imposición de costas", advierte que "con lo que duran actualmente los procedimientos judiciales y lo difícil que está el mercado inmobiliario, el inquilino puede llegar a considerar que le sale económicamente a cuenta porque si tiene que buscar otro piso deberá pagar más de renta y por supuesto la dificultad de encontrarlo".

La recomendación general para el arrendatario es buscar una salida negociada. Pactar una extensión temporal razonable (como por ejemplo, dos meses extra) es mucho más seguro que aferrarse a una promesa política que hoy puede quedarse sin base legal.

La única excepción a este escenario es si el propietario llegó a aceptar la prórroga antes de que el decreto decayera. Sobre esta duda, Arantxa Goenaga es categórica: "Si el propietario lo aceptó no va a poder revocarlo y por lo tanto deberá aceptar dicha prórroga ya que dio su consentimiento y en el momento en que produjo efectos la norma estaba vigente". Una postura respaldada unánimemente por los juristas, que recuerdan que, en ese caso, el acuerdo ya es absolutamente vinculante.

De esta manera, las nuevas citas de Goenaga encajan de forma natural y elevan la calidad de tu análisis, mostrando las dos caras de la moneda: el riesgo legal frente a la necesidad habitacional.

Para los propietarios, es no precipitarse. Goenaga Llorca, subraya que la situación es "grave" debido a la inseguridad jurídica que provoca legislar sin tener todos los apoyos. "Los propietarios tienen miedo de alquilar porque la normativa cada vez es más restrictiva para ellos", sostiene la abogada.

A este clima de tensión se suma la advertencia de Fuentes-Lojo, quien recuerda que un juicio de desahucio puede llegar a alargarse un año. Por ello, su principal recomendación es revisar el contrato con cautela para "estar seguro de que en ese caso procede la oposición o la prórroga" y ser conscientes de los tiempos judiciales, valorando siempre "la conveniencia de negociar también una salida pactada por las partes".