






















La posibilidad de que los conductores profesionales puedan jubilarse antes de la edad ordinaria está más cerca que nunca en España. La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) ha emitido un informe favorable que reconoce las elevadas tasas de mortalidad, incapacidad y siniestralidad que sufren estos trabajadores a medida que envejecen, un paso imprescindible para la futura aprobación de coeficientes reductores de la edad de jubilación, según un nuevo procedimiento pueso en marcha el año pasado por el Gobierno.
La medida podría beneficiar a cerca de 500.000 profesionales del transporte por carretera, especialmente conductores de mercancías y de viajeros en autobús, dos sectores que llevan años reclamando el reconocimiento de la penosidad y peligrosidad de su actividad.
Para los sindicatos, el documento supone un respaldo definitivo a una reivindicación histórica. Según los datos aportados por CCOO, entre 2013 y 2025 fallecieron 1.839 conductores profesionales, de los que aproximadamente dos tercios tenían más de 55 años.
La jubilación anticipada para este colectivo todavía no está aprobada. Lo que ha hecho la Seguridad Social es validar técnicamente que existen indicadores objetivos suficientes para estudiar la aplicación de coeficientes reductores.
El informe analiza la incidencia de las bajas por incapacidad temporal, las incapacidades permanentes y la mortalidad del colectivo entre 2018 y 2024, comparándolas con el conjunto de la población trabajadora.
La conclusión es favorable a las tesis defendidas por los sindicatos que sostiene que la morbilidad, la incapacidad permanente y la mortalidad aumentan de forma significativa con la edad entre los conductores profesionales y presentan niveles superiores a los registrados en otras actividades económicas
Si finalmente se aprueban los coeficientes reductores, los conductores podrán acceder a la jubilación antes de alcanzar la edad ordinaria sin sufrir las penalizaciones económicas que se aplican actualmente a las jubilaciones anticipadas voluntarias.
El sistema sería similar al que ya existe para otros colectivos considerados especialmente penosos o peligrosos, como los mineros, trabajadores del mar o determinados cuerpos policiales.
No obstante, todavía no se conoce cuántos años podría adelantarse la jubilación, ya que ese dato dependerá de los coeficientes concretos que apruebe el Gobierno mediante real decreto.
El procedimiento entra ahora en una fase decisiva.
Tras elaborar el informe de mortalidad y morbilidad, la Seguridad Social debe remitirlo a la Inspección de Trabajo y al Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), organismos que disponen de un plazo de un mes para emitir sus respectivos dictámenes técnicos.
Si se cumplen los calendarios previstos, la Comisión de Evaluación podría pronunciarse antes de que finalice julio de 2026.
Posteriormente se abrirá un trámite de audiencia de diez días para las partes interesadas. Tras ello, la DGOSS deberá emitir una resolución definitiva.
En caso de ser favorable, el expediente será elevado al Consejo de Ministros, que tendrá la última palabra mediante la aprobación de un real decreto donde se establecerán los coeficientes reductores aplicables a cada actividad.
Desde CCOO consideran posible que todos los informes pendientes del sector del transporte estén finalizados antes de agosto, aunque la aprobación definitiva dependerá posteriormente de los tiempos políticos y administrativos del Gobierno.
La cuestión preocupa especialmente en un sector cada vez más envejecido. El transporte de mercancías por carretera supera los 400.000 trabajadores, mientras que el transporte de viajeros en autobús ronda los 90.000 profesionales.
La escasez de relevo generacional, las largas jornadas, el sedentarismo, los turnos irregulares y la elevada responsabilidad asociada a la conducción profesional explican que la jubilación anticipada se haya convertido en una de las principales reivindicaciones laborales del sector.
Los conductores no tienen que presentar actualmente ninguna solicitud individual para acogerse a esta futura jubilación anticipada.
El procedimiento que se está tramitando es colectivo y afecta a toda la ocupación profesional. Solo cuando el Gobierno apruebe los coeficientes reductores y estos entren en vigor, los trabajadores que cumplan los requisitos podrán solicitar su jubilación conforme a las nuevas condiciones.
Por tanto, quienes se encuentren próximos a la edad de retiro deberán esperar a que concluya el proceso normativo para conocer con exactitud la edad de acceso, los años cotizados exigidos y las condiciones definitivas.
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