




















La lucha contra el abuso de la temporalidad en las administraciones públicas españolas puede sentar jurisprudencia. Y es que una de las resoluciones judiciales ha fallado a favor de una trabajadora que no llegó a obtener plaza en una oposición, pese a haber superado un proceso selectivo y haber sufrido posteriormente una situación de abuso de temporalidad, al reconocer la posibilidad de que esta sea reconocida como trabajadora fija en su puesto de trabajo.
El caso analizado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) parte de la reclamación de una trabajadora municipal que encadenó diversos contratos temporales durante años para desempeñar funciones estructurales dentro de una administración local. Según las informaciones publicadas sobre la sentencia, la empleada había participado en un proceso selectivo para acceder a empleo público fijo y logró superarlo, aunque no obtuvo plaza al existir más aspirantes aprobados que puestos disponibles. Posteriormente, continuó trabajando mediante contratos temporales que se prolongaron durante un largo período de tiempo.
En este sentido, la cuestión jurídica se centraba en determinar si esa situación de temporalidad prolongada podía dar lugar al reconocimiento de la condición de trabajadora fija como medida para sancionar el abuso cometido por la administración empleadora. Y, según este tribunal, así era, ya que se considera que la circunstancia relevante no era tanto el momento en que se había superado el proceso selectivo, sino el hecho de haber acreditado ya los principios de mérito y capacidad exigidos para el acceso al empleo público.
Según la sentencia, es irrelevante que la trabajadora hubiera superado la oposición antes, durante o después del período de contratación temporal abusiva. Para la Sala, lo más importante es haber acreditado la aptitud necesaria para acceder al empleo público mediante un procedimiento selectivo válido. Por ello, la sentencia concluye que la fijeza puede constituir una respuesta adecuada frente al abuso de temporalidad sufrido por la trabajadora.
La cuestión de la temporalidad en el empleo público en España no es algo que surja ahora. De hecho, lleva años siendo examinada por los tribunales europeos. De hecho, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha reiterado en distintas resoluciones que los Estados miembros deben establecer medidas efectivas para prevenir y sancionar el abuso derivado de la utilización sucesiva de contratos temporales. Cuando esas medidas no existen o resultan insuficientes, los tribunales nacionales deben buscar soluciones que garanticen una protección efectiva de los trabajadores afectados.
Hace unos meses, el Alto Tribunal estableció que la conversión en empleo fijo solo podía producirse cuando el trabajador hubiera superado previamente un proceso selectivo para acceder a empleo indefinido, aunque no llegara a obtener plaza, y posteriormente haya sufrido una situación de contratación temporal abusiva. Por el contrario, el Supremo rechazó la posibilidad de convertir automáticamente en fijos a trabajadores que nunca hubieran superado una oposición o proceso selectivo equivalente, al considerar que ello vulneraría los principios constitucionales que rigen el acceso al empleo público.
Teniendo en cuenta esto, la sentencia que se ha producido por parte del tribunal del País Vasco iría acorde a lo establecido por el Tribunal Supremo, ya que se ve que cumple con todos los requisitos necesarios para poder acceder a ser fija, aunque no optara a una plaza como tal.
Las asociaciones de interinos y numerosos especialistas en derecho laboral consideran que estas resoluciones pueden abrir nuevas vías de reclamación para determinados empleados públicos temporales. El perfil potencialmente beneficiado sería el de trabajadores laborales temporales que aprobaron procesos selectivos para empleo fijo, no consiguieron plaza por falta de vacantes y posteriormente permanecieron durante años encadenando contratos temporales en la misma administración.
Ahora bien, son varios los factores que pueden influir en el resultado final del procedimiento judicial. La duración de la temporalidad, las características del proceso selectivo superado, el tipo de contratación utilizada o la existencia efectiva de abuso son algunos ejemplos de lo que podría inclinar la balanza a un lado o a otro. Esto significa que, a pesar de que muchos trabajadores cumplan el hecho de haberse presentado a una oposición, aunque no sacaran plaza, no quiere decir que haya que hacerlos fijos si el resto de requisitos o factores no son acordes a la legislación o jurisprudencia.
Aun así, aún hay muchos interinos que siguen luchando por ser reconocidos, algunos de los cuales llevan muchos años arrastrando contratos temporales, con la consiguiente falta de estabilidad de sus empleos y salarios.
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