





















El trabajador abandonó su base con el vehículo de emergencias y permaneció más de una hora en las casetas del recinto ferial. Ya había sido sancionado días antes por una conducta similar.
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha confirmado la sanción de 45 días de suspensión de empleo y sueldo impuesta a un conductor de ambulancias de urgencias que dejó su puesto de trabajo y se desplazó con el vehículo sanitario hasta las casetas de una feria. La Sala considera acreditados los hechos y rechaza que la documentación aportada por el empleado demostrara una reducción de la sanción.
El trabajador prestaba servicios desde 2009 como conductor de ambulancia en el servicio de urgencias. Según las normas del servicio, las ambulancias debían permanecer en su base y solo podían salir cuando recibieran un aviso de emergencia.
Sin embargo, el 25 de septiembre de 2023, durante su jornada laboral, el empleado se llevó la ambulancia sin autorización al recinto ferial de un municipio murciano. Una vez allí, estacionó el vehículo de emergencias y entró uniformado en las casetas de la feria, un supuesto disciplinario distinto a otros conflictos laborales en los que la discusión se centra en si determinadas conductas del trabajador pueden justificar un despido.
La situación fue detectada por el Jefe de Base al revisar el GPS del vehículo, donde observó una parada anómala que no respondía a ninguna llamada del 112. El trabajador permaneció en el lugar desde las 20:39 hasta las 21:41 horas. Al pedirle explicaciones, alegó que había acudido para “recoger las llaves del coche”.
El caso tenía un elemento clave para la empresa: la reincidencia. Apenas unos días antes, el 17 de septiembre, el mismo trabajador ya había sido sancionado con 2 días de suspensión por repetir una conducta similar, también relacionada con acudir con la ambulancia a las casetas de la feria para recoger sus llaves.
Por este nuevo episodio, la empresa decidió imponerle una sanción disciplinaria de 45 días de suspensión de empleo y sueldo. Consideró que los hechos constituían faltas graves y muy graves conforme a su Convenio Colectivo, especialmente por el uso no autorizado del vehículo sanitario y por la reiteración de la conducta.
El conductor impugnó la sanción ante la jurisdicción social, pero el Juzgado de lo Social número 6 de Murcia desestimó su demanda y dio la razón a la empresa. Tras esta resolución, el empleado presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, una vía judicial que también aparece en otros procedimientos donde se discute la improcedencia de un despido y sus consecuencias económicas.
En su recurso, se apoyó en el artículo 193 b) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social para solicitar una revisión de los hechos probados. Su objetivo era que se reconociera que la empresa había reducido voluntariamente la sanción de 45 a 10 días, aportando como prueba la nómina de enero de 2024.
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia rechazó este planteamiento. La Sala explicó que el recurso de suplicación tiene carácter extraordinario y no permite volver a valorar libremente toda la prueba practicada en el procedimiento.
Para modificar los hechos probados, el error del juez debe ser “evidente” y apoyarse en documentos con un poder de convicción absoluto. En este caso, el tribunal entendió que la nómina aportada no acreditaba de forma directa e inequívoca que la empresa hubiera reducido la sanción.
Según la sentencia, llegar a esa conclusión exigiría hacer “meras interpretaciones o conjeturas”, por lo que el documento no tenía la claridad necesaria para cambiar el fallo. Además, el TSJ señaló que el recurso no incluía una argumentación jurídica válida contra la sanción, sino que se limitaba a intentar modificar la versión de los hechos.
En consecuencia, el TSJ de Murcia desestimó íntegramente el recurso del trabajador y confirmó la suspensión de empleo y sueldo de 45 días. La sentencia, STSJ MU 532/2026, no era firme y contra ella cabía recurso de casación ante el Tribunal Supremo, como ocurre en otros casos laborales donde los tribunales revisan si la actuación empresarial se ajusta o no a derecho.
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